Polémica entre el Ingesa y la Seguridad Social por el abono de las ayudas por desplazamiento
La nueva interventora de la Seguridad Social se niega a pagar ciertos gastos a los ceutíes desplazados por motivos asistenciales a otros centros del territorio nacional, lo que ha provocado multitud de quejas y la oposición del propio Ingesa
A finales del pasado año se incorporaba a la Seguridad Social una nueva interventora delegada, Macarena Pozo, cuya llegada está generando no pocos quebraderos de cabeza al Ingesa, ya que hasta las dependencias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria están llegando numerosas quejas y denuncias ya que, de manera sorprendente, se han dejado de abonar algunos gastos de desplazamiento a los beneficiarios de la asistencia sanitaria de Ceuta desplazados por motivos asistenciales a otros centros del territorio nacional, y que anteriormente y desde hace más de veinte años se venían abonado sin ningún tipo de problemas.
Al parecer, la nueva interventora ha cambiado de criterio al aplicar la ley respecto a sus predecesores en el puesto, ya que todos los anteriores permitían este abono para paliar, en la medida de lo posible, las desventajas de la singularidad de Ceuta.
En este sentido, esta funcionaria no está permitiendo que se abone el gasto generado por los usuarios que se desplacen, al hospital y clínica de referencia tras derivación desde el Ingesa, en vehículo particular. Esto está generando la llegada de decenas protestas a las dependencias del Ingesa, ya que se ha dejado de abonar una ayuda que ha venido reconociéndose por los anteriores interventores desde hace más de veinte años. Si no el gasto total del vehículo particular, si el importe equivalente al gasto estipulado si se hubiera viajado en transporte público, ya que como han indicado varios usuarios afectados a EL PUEBLO, “es evidente que la asistencia a la consulta se ha realizado y que el viaje, lamentablemente por no contar en Ceuta con todas las especialidades, se ha tenido que realizar a la península y al hospital o la clínica a la que se nos deriva desde el Ingesa”.
Según han confirmado los propios usuarios denunciantes de esta situación, la nueva interventora delegada de la Segurida Social en Ceuta se incorporó a finales del pasado año, y desde el uno de enero sólo se viene abonando el alojamiento y la manutención, mientras que el transporte público sólo se está abonando si se presentan los billetes del transporte público, decidiéndose no abonar el gasto derivado de viajar en transporte privado, pese a que hasta ahora se pagara el importe equivalente a haber viajado en transporte público.
Queja del Ingesa
Toda esta situación, que tantas quejas está generando entre los ciudadanos, ha llevado a la propia Dirección Territorial del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha trasladar esta situación a la Intervención General de la Seguridad Social, con el fin de que se rectifique esta nueva postura, que considera que “no solo es discriminatoria, sino inhumana”, como así se ha transmitido desde el Ingesa a la Intervención General de la Seguridad Social.
Así, desde la Dirección Territorial se ha intentado explicar a la Intervención General de la Seguridad Social que en el preámbulo de la resolución 10 de enero de 2006 se puede observar el espíritu que motiva estos abono, que no es otro que el de “no discriminar a Ceuta y Melilla por su situación de insularidad”.
Al parecer, tal y como ha podido saber este diario, el motivo del conflicto es el artículo 2 de la resolución de 10 de enero de 2006, pero fuentes consultadas por este diario han manifestado que por encima de esas resoluciones existen varias leyes que son aplicables a Ceuta y que por consiguiente podría considerarse que la nueva interventora está interpretando a su modo de entender las leyes y de manera “perjudicial” para los usuarios del Ingesa.
Estas leyes que estarían por encima de la citada resolución, tal y como ha podido saber este diario sería por ejemplo la Ley General de Sanidad 14/86 en su artículo 3.2, y también en los artículos 3.3 y 12 que hablan en concreto del gasto sanitario; también estaría la Ley de Cohesión de Calidad del Sistema Nacional de Salud 16/2003 en los artículos 1.2 a) y c) y artículos 23 y 24, los cuales se pueden aplicar a Ceuta por su singularidad de territorio insular; y también el Real Decreto 1030/2006 por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y lo reflejado en el artículo 1, 2.4 y 2.5, todos ellos aplicables a Ceuta.
El cambio de criterio adoptado por la nueva interventora, tal y como se ha resaltado, llevaría a que los miles de expedientes tramitados en estos más de veinte años por los interventores anteriores, hasta la llegada de la citada funcionaria Macarena Pozo, habrían venido siendo fiscalizados e intervenidos en los importes abonados a los usuarios de forma errónea por exceso o defecto, según cada caso, pudiendo incluso a llegar a ser erróneos los abonos de manutención, alojamiento ybillete de barco de viandante en los casos de utilización de vehículo particular, que actualmente también se fiscaliza de conformidad por la nueva intervención.
Una demora de más de tres meses para abonar las facturas presentadas por los pacientes
Los usuarios del Ingesa que han trasladado esta queja a EL PUEBLO también muestran su crispación por el elevado retraso del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria a la hora de abonar las facturas presentadas por desplazamiento. Estos usuarios indican que muchas veces el gasto que se ven obligados ha realizar para trasladarse a la península por cuestiones médicas perjudican a la economía familiar y se ven ciertamente apurados, de ahí que además critiquen la lentitud con la que el Ingesa resuelve estos pagos, indicándose que desde que se presetan las facturas generadas hasta que estas son abonadas a las cuentas facilitadas, transcurren más de tres meses, incluso hasta cuatro, algo que no llegan a comprender. En este sentido incluso llegan a compararlo con la ley del pago a proveedores, indicándose que al igual que el Gobierno debe abonar las facturas de sus proveedores en un plazo de 30 días, no entienden como para estas cantidades más infimas, se tarde más de 90 días.