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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a través de su Sala de lo Civil y Penal, ha desestimado en su integridad el recurso de apelación que interpuso la defensa de Anuar Mohamed Hamadi alias ‘Rambo’, contra la sentencia de 28 de julio de 2016 que le condenó a 22 años de prisión por el asesinato de Mustafa Ahmed Abdeselam, alias ‘Tafa Sodia; homicidio en grado de tentativa sobre la esposa de este último, Rachida Abdeselam Mohamed, y tenencia ilícita de armas. Los hechos fueron perpetrados en julio de 2013 en el Paseo de la Marina Española.
Así pues, la sentencia del TSJA ratifica en su totalidad la sentencia dictada por la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, que estuvo presidida por el magistrado Fernando Tesón Martín. La firman el presidente Lorenzo Jesús del Río Fernández, Juan Ruiz-Rico Ruiz-Morón y Miguel Pasquau Liaño.
El recurso de apelación se presentó en primer lugar por el abogado Andreas Chalaris, al que renunció posteriormente ‘Rambo’, de forma que el procedimiento fue seguido, en defensa, por la letrada Rosario Gómez Bravo. Se basó en distintos motivos: por un lado, quebrantamiento de normas o garantías procesales ”que le causan indefensión”. Por otro lado, por infracción del precepto constitucional o legal. El tercer motivo, por desestimación indebida de disolución del jurado. En cuarto lugar, por vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia. El Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares interesaron la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia recurrida.
Como cuestión previa, la defensa del acusado planteó la posible nulidad de todo lo actuado, interesando en consecuencia de ello la retroacción del procedimiento para su tramitación por los cauces del sumario ordinario.
En lo referente a los primeros puntos, “una y otra vez esta Sala -señala la sentencia del TSJA- en línea con la doctrina que viene sentándose en el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, insiste en que la existencia de motivación suficiente ha de valorarse no desde parámetros formales, sino desde el punto de vista de la razón de ser de su existencia”. “Un veredicto ‘mal motivado’ pero transparente no es nulo por falta de motivación”, apuntan. “En el presente caso -se razona en la sentencia- la exposición por el Jurado de las razones de su decisión es suficente a juicio de la Sala para concluir que el veredicto responde a un examen razonable y no arbitrario del conjunto de las pruebas practicadas en el juicio”, indica la sentencia. Consideran “totalmente fiables, concluyentes y veraces” las pruebas aportadas por la Fiscalía y acusación,
En lo referente a que el magistrado presidente de la Audiencia Provincial “dio en las instrucciones una contestación negativa a la pretensión de la defensa de la disolución del jurado, por lo que en el fondo se produciría una concreta vulneración del derecho a la presunción de inocencia”, señala la defensa que ello inferiría” la carencia de “toda base razonable” de la condena impuesta.
“No es suficiente con proyectar dudas sobre la coherencia o verosimilitud de la decisión del Tribunal del Jurado, sino que ha de acreditarse de manera clara que la condena impuesta carece de toda cbase razonable”, indica el tribunal. Una de las pruebas más concluyentes es la testifical de la esposa de Tafa Sodia, quien manifestó que vio en un momento que volvió la cabeza para mirar el escaparate de una tienda “al acusado con el arma apuntando a la cabeza de ambos, que sintió que iba a matar a ambos y que si no lo logró fue proque ella se tiró inmediatamente al suelo”.
En todo caso, el jurado que se constituyó para la vista en la que se juzgaba a Rambo tardó poco más de dos horas, con pausa para el almuerzo, en alcanzar una completa unanimidad en torno a las 39 preguntas que le fueron formuladas por el Tribunal para ser respondidas de cara al veredicto.
Pendiente otro juicio con jurado a un supuesto cómplice del crimen
Otra persona, supuesto coautor de los hechos criminales en conjunción con ‘Rambo’, M.S.H.M., que tras estar un tiempo en paradero desconocido se entregó voluntariamente, tendrá que ser juzgado por un jurado popular, también en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. Lo cierto es que en el juicio a ‘Rambo’, los peritos en balística indicaron que se encontraron dos tipos de casquillos en el lugar del asesinato y que en el ataque mortal pudieron utilizarse hasta cinco armas distintas. En todo caso, el juicio de M.S.H.M. podría ser también revelador de los movimientos que realizó ‘Rambo’ durante la noche en la que se perpetró el asesinato de Tafa Sodia.
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