Caballas impugna la subida del precio de la bombona de butano
El BOCCE publicó la autorización, por parte de la Consejería de Economía, del precio “máximo” de venta aplicable a los suministros de gases licuados
El portavoz de la coalición Caballas, Mohamed Alí, ha presentado un escrito, un recurso de reposición, ante la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta contra la resolución contra la resolución de fecha 26 de mayo de 2017, publicada en el BOCCE nº 5.683 de viernes 2 junio de 2017, por la que se autoriza el precio máximo de venta aplicable a los suministros de gases licuados del petróleo envasados en recipientes de capacidad igual o superior a 8 kg e inferior a 20kg, a partir de la 0,00 horas del día 16 de mayo de 2017. En resumidas cuentas, la subida del precio de la bombona de butano.
“La resolución está dictada por órgano manifiestamente incompetente para ello, si tenemos en cuenta que la Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, Kissy Chandiramani Ramesh, no reúne los requisitos legales para ocupar dicho cargo al no ser Concejal electa de la Ciudad de Ceuta”, subraya en primer lugar la formación política Caballas a través de su líder, el diputado Mohamed Alí.
Añade Caballas que “de conformidad con la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha treinta de marzo de 2017, por la que se resuelve el recurso de apelación nº 267/2015, según la que, reconociendo de manera indubitada el carácter de entidad local de la Ciudad Autónoma de Ceuta, concluye que de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Constitución Española, que atribuye el Gobierno y la administración a los Ayuntamientos integrados por alcaldes y concejales, el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta (y los Reglamentos que lo desarrollan) sólo puede amparar nombramientos entre concejales electos”, expone Mohamed Alí.
La resolución recurrida establece “una variación al alza de los costes de comercialización según la resolución número 015813, de 18/12/2013” de 17,1125 euros/kilogramo amparándose en lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden IET/389/2015 de 5 de marzo que dice textualmente: ‘las Ciudades de Ceuta y Melilla podrán establecer variaciones en más o menos sobre los costes de comercialización establecidos’. De este modo, según explican desde Caballas, la resolución encarece el precio máximo de venta de los gases licuados del petróleo en un 15,6%.
Añade Mohamed Alí que la consejera, “para acogerse a al artículo 4.3, utiliza una resolución del año 2013, evidentemente obsoleta, ya que en los últimos cuatro años los costes de comercialización pueden haber sufrido variaciones sustanciales”. Desde su punto de vista, “el hecho de que la propia norma establezca la posibilidad de modificar en ‘más o menos’, implica la necesidad de fundamentar la decisión en un estudio de costes exhaustivo y detallado que justifique la elevación del precio de un bien que tiene la consideración de producto de primera necesidad y cuyo encarecimiento perjudica a las economías familiares, y de manera especial y más grave, a las de economía más modestas”.
“Pero es que además, y abundando en este argumento, una vez revisado el expediente al que se hace referencia en la resolución, se observa que las razones para incrementar en más de un 15% el precio de los gases licuados son la extrapeninsularidad, el limitado volumen de demanda, y los costes añadidos de transporte”, destaca la coalición en la oposición.
“Se trata de términos genéricos e imprecisos que en modo alguno pueden servir de fundamente a una resolución de tipo económico que no sólo tiene que justificar la existencia de un mayor coste, sino su cuantía exacta”, señala Mohamed Alí. “No se puede subir el precio de un bien de primera necesidad al amparo de obviedades (la extrapeninsularidad), imprecisiones (limitado volumen de demanda), y lugares comunes (precio del transporte); entre otros motivos porque el Régimen Económico y Fiscal de Ceuta, contempla una serie de medidas (50% bonificación de las cuotas patronales a la seguridad social, y 50% bonificación del impuesto de sociedades) que pueden, en su conjunto, superar con creces los “hipotéticos incrementos de costes” (no demostrados)”, apostilla el líder de Caballas.
Por si fuera poco, indica que “la resolución recurrida no se ajusta a derecho por carecer del más mínimo rigor en materia económica, deviniendo en una decisión de carácter arbitrario pensada más para “favorecer los intereses de la empresa que comercializa este producto en Ceuta, que el interés general, y en concreto el de los ciudadanos usuarios que deben pagar un 15% más por un bien de primera necesidad”.
“Por todo ello, solicitamos la anulación de dicha resolución, solicitando, así mismo, que no se haga uso de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden IET/38972015, de 5 de marzo, hasta que la Ciudad no disponga de un estudio riguroso de los costes de comercialización que justifique plenamente si es preciso aumentar o disminuir el precio máximo de los gases licuados del petróleo y en qué cuantía”, concluye Mohamed Alí.