La Dirección Provincial de Educación paraliza la petición de asignar un puesto de trabajo de un funcionario
El funcionario realizó su toma de posesión por vacante adjudicada y resuelta por el subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, estando en la Dirección Provincial de Eduación en Ceuta, el tiempo de 12 meses.
Por motivos de “comisión de servicios” de compañeros de los Institutos decide cambiar su situación administrativa, solicitando “voluntariamente” pasar a cubrir uno de los puestos dejados por la funcionaria destinada en el Instituto de Educación Secundaria ‘Almina’, lo que la Dirección Provincial de Educación en Ceuta, autoriza; estando en este puesto de trabajo un total de 2 años y 3 meses; la funcionaria destinada por “comisión de servicios” vuelve a este puesto que el funcionario está cubriendo, lo que supone cambiar de centro y situación administrativa, él acepta seguir manteniendo “voluntariamente” puestos que quedan sin cubrir en los centros docentes, en concreto otro 2º Instituto de Educación Secundaria.
Se produce otra “comisión de servicios” del funcionario destinado en la Secretaría de otro centro de secundaria ‘Puertas del Campo’, que actualmente está destinado en la Jefatura de Policía de Ceuta, dejando el puesto sin cubrir, a la que la Dirección Provincial de Ceuta, acepta la petición del funcionario, que procede del IES Almina.
En el periodo de los 15 meses que lleva actualmente al día de la fecha, le comunican en mayo/2015 si puede realizar una sustitución de 5 días en otro centro de secundaria Abyla, por motivos de permiso del funcionario destinado en la Secretaría , lo que el funcionario accede a la petición voluntaria.
El pasado 17/02/2016, solicita a la Dirección Provincial de Educación en Ceuta que perteneciendo a la plantilla del citado Organismo le puedan designar cubrir puesto de trabajo por el que fue adjudicada por el Ministerio de Educación, publicada en BOE de 05/07/2011 y resuelta por el subsecretario del citado Ministerio. No tiene contestación oficial al mismo y sigue manteniendo un puesto de trabajo que no le corresponde y que solicito “voluntariamente” por falta de personal en los centros docentes. Actualmente la plantilla de la Dirección Provincial de Educación tiene a varios trabajadores que pertenecen a la plantilla de la RPT de los centros docentes (institutos de Educación Secundaria), lo que supone que algunos institutos estén con tan solo 1 funcionario destinado en su centro, cuando deberían tener 2 funcionarios como mínimo.
Las razones que piensa el funcionario de no acceder a lo solicitado pueden ser una de ellas por realizar una ‘actividad sindical’, que puede seguir realizando en la misma Dirección Provincial de Educación en Ceuta, en un “futuro”, y poder seguir luchando por los “derechos de los trabajadores” ya que como ocurrió en 2012 cuando informo en la Mesa Departamental de Funcionarios del Ministerio de Educación en Madrid, las “irregularidades del complemento de productividad que eran de un agravio comparativo, desigualdad y privilegios para algunos en el reparto con los del mismo Grupo V Niveles de los Funcionarios, así como los complementos de los funcionarios destinados en los Institutos de Secundaria por su “atención al público”, que llevan muchos años luchando porque se les reconozca”.
Por todo ello quisiera a ser posible y si es de “interés a la ciudadanía” que le dieran el visto bueno a estas líneas ya que la “ley Sindical” está contenida dentro del marco legislativo del Estado y no deberían ningún Organismo del Estado anular o denegar a un Funcionario que cubra su puesto de trabajo, cuando ha sido resuelta por el Ministerio correspondiente.