Condenada a seis meses de prisión por blanqueo de capitales
TRIBUNALES
La acusada reconoció los hechos y deberá pagar un montante total de 6.000 euros para no entrar en la cárcel
El Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a una mujer, S.D., a seis meses de prisión al considerar el tribunal que ha sido la autora criminalmente responsable de un delito de blanqueo de capitales en su modalidad de imprudencia. La acusada reconoció los hechos que se le imputan, por lo que no fue necesaria la celebración del juicio, alcanzándose de esta manera una conformidad entre las partes. El delito imputado está relacionado con apuestas deportivas en internet.
Además de con la referida pena privativa de libertad, ha sido condenada a que pague una multa de 3.000 euros, así como una indemnización a la víctima de la misma cantidad. Cumpliendo estas condiciones y al haber reconocido los hechos, la mujer no ingresará en prisión al no contar con antecedentes penales, por lo que su pena de cárcel queda suspendida durante los próximos dos años con una tercera condición: que no vuelva a delinquir. La Fiscalía se ha mostrado de acuerdo con la propuesta de la defensa en este sentido. En caso de no abonar una de las cuotas de multa, a los seis meses se le sumarían tres días más de pena de cárcel por cada pago insatisfecho en concepto de responsabilidad personal subsidiaria.
Tras el reconocimiento de los hechos por parte de la acusada, la magistrada ha declarado la sentencia en firme una vez que ambas partes han prometido no recurrir el fallo.
También conocido como lavado de dinero o lavado de activos, el blanqueo de capitales es un delito que consiste en ocultar o encubrir el origen ilícito de fondos o bienes, haciéndolos parecer legítimos.
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