A prisión un joven que simuló el alquiler de un piso turístico en Milanuncios

TRIBUNALES

El TSJA confirma la condena por estafa de un año y nueve meses de cárcel, que no será suspendida al contar con antecedentes penales por otros delitos

Imagen de archivo de una oferta de milanuncios. / FOTO EL PUEBLO
Imagen de archivo de una oferta de milanuncios. / FOTO EL PUEBLO

El joven que estafó a un abogado en 2022, y cuya sentencia dictó la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en 2023, deberá ingresar en prisión por esta causa a no ser que presente un eventual recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Así lo ha dictaminado la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA), que ha confirmado la condena de un año y nueve meses de prisión impuesta en diciembre de 2023 al varón -A.M.- por un delito de estafa tras hacerse pasar por el propietario de un inmueble en Madrid que ofertaba en alquiler turístico a través del portal Milanuncios.

El acusado logró que la víctima, un abogado, le transfiriera un total de 710 euros —290 euros por transferencia y 420 por Bizum—, sin intención alguna de entregar la vivienda. El condenado, que cuenta con antecedentes penales por otros delitos, también deberá indemnizar con 710 euros a la víctima y asumir las costas del proceso.

La petición de suspensión de la pena ha sido rechazada por el tribunal, ya que si bien no alcanza los dos años requeridos como mínimo, sí tiene en cuenta los referidos antecedentes penales.

La sentencia, dictada el pasado 7 de mayo, ratifica el fallo de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta y desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado, que alegaba falta de pruebas y la ausencia de un engaño suficiente.

El tribunal concluye que existió una clara maniobra fraudulenta, ya que tanto el número de teléfono como la cuenta bancaria utilizados en la operación estaban a nombre del condenado.

El TSJA también desmonta el argumento del apelante de que, por tratarse la víctima de un abogado con experiencia en el mercado inmobiliario, no podía hablarse de un engaño suficiente. La sentencia se basa en que la ley no exige que las víctimas de estafa sean personas especialmente crédulas o poco precavidas.

Además, el recurso fue criticado por haber intentado dilatar el proceso con un intento de cambiar de abogado en el último momento, maniobra que el tribunal consideró abusiva y carente de fundamento. Según el fallo, la defensa ejercida por el letrado de oficio fue profesional, activa y garantista, y no se produjo en ningún momento una situación de indefensión material para el varón finalmente condenado.

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