Un disparo contra su amigo cuando estaban borrachos puede llevarlo a la cárcel
TRIBUNALES
El reconocimiento de los hechos y la embriaguez que sufría el tirador constituirían dos atenuantes que harían rebajar la pena de prisión
El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha acogido este lunes una vista contra un joven acusado de un delito de lesiones al haber disparado a su amigo cuando estaban borrachos. La Fiscalía solo ve un ilícito de lesiones por imprudencia, mientras que el representante legal de la víctima también ha añadido un delito de tenencia ilícita de armas, lo que aumentaría la pena hasta los dos años de prisión más los seis meses cárcel en el que coinciden las acusaciones.
Los hechos se produjeron en noviembre de 2023, en una juerga en la que el acusado acabó por disparar a su amigo en el peroné tras estar manipulando una pistola cuyo origen no ha trascendido. Haciendo caso omiso de las advertencias de la víctima, el joven sentado en el banquillo este lunes le habría incluso apuntado a la cabeza antes de una segunda detonación que impactó en el peroné de la pierna izquierda del denunciante y de un primer tiro al aire. Ambas personas implicadas han suscrito este relato y han dicho haber estdo bajo los efectos del alcohol.
El reconocimiento de los hechos y la embriaguez que sufría el tirador constituirían dos atenuantes que harían rebajar la pena de cárcel, a la que también habría que sumar la indemnización solicitada por la acusación particular en concepto de responsabilidad civil: algo más de 260.000 euros por los daños físicos y por las secuelas padecidas. Además, el letrado representante de los intereses de la víctima ha añadido 6.000 euros por los daños morales, una cuantía excesiva en opinión de la Fiscalía. El acusado pasó varios meses en busca y captura, tuvo que ser arrestado por la Policía e incluso amenazó al herido con “represalias” si mantenía la denuncia interpuesta ante las autoridades.
El abogado defensor, por su parte, se ha adherido a todo lo expuesto por el Ministerio Público y ha manifestado su “total disconformidad” con la acusación particular, insistiendo en que su cliente no debe pagar los 6.000 euros de indemnización por daños morales por no haber sido solicitada en su momento. La pena de cárcel sería suspendida en caso de que la sentencia supere los dos años de prisión.
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