El Tribunal Militar cierra el caso por abuso de autoridad sobre una soldado transexual de Regulares en Ceuta
SENTENCIA MILITAR
El auto considera que las conductas del coronel y el capitán denunciados por la soldado no constituyen delito ni falta disciplinaria
El Tribunal Militar Central ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una exsoldado contra el archivo de las diligencias abiertas por presunto abuso de autoridad y discriminación por razón de sexo y orientación sexual por parte de dos mandos del Grupo de Regulares nº 54 de Ceuta, el coronel, por aquel entonces, y un capitán.
En un auto fechado el pasado 24 de junio y conocido este lunes, al que ha tenido acceso EL PUEBLO DE CEUTA, la Sala de Justicia del Tribunal considera que no existen indicios racionales de delito en la actuación de los mandos denunciados, cuyas conductas —señala— “no encajan” en los tipos penales del Código Penal Militar.
La resolución judicial confirma en todos sus términos el auto dictado el 24 de octubre de 2024 por el Juzgado Togado Militar Central número 1, que ya acordó el archivo de las diligencias previas 1/18/23 al considerar que los hechos denunciados no revestían carácter delictivo.
En su recurso, la representación legal de la exsoldado solicitaba la revocación de dicho archivo por entender que sí concurrían méritos suficientes para continuar el procedimiento penal contra los dos mandos militares, por una presunta infracción del artículo 48 del Código Penal Militar, relativo al abuso de autoridad.
Frente a ello, tanto la Fiscalía Jurídico Militar como la Abogacía del Estado, en representación del coronel y del capitán, solicitaron la desestimación del recurso, subrayando que no se desprendía de la investigación ninguna conducta constitutiva de delito.
Los hechos denunciados se remontan a 2021 y 2022, cuando la soldado, destinada a Regulares de Ceuta tras su paso por el centro de formación de Cáceres, sufrió una lesión durante un ejercicio militar. A partir de entonces inició un proceso de baja médica que derivó en un conflicto con sus superiores por discrepancias sobre su situación administrativa y su condición de transexual.
El momento más controvertido tuvo lugar el 24 de febrero de 2022, durante una reunión mantenida en el despacho del coronel, en presencia de otros oficiales. Según el relato de la soldado, se sintió intimidada por no permitírsele estar acompañada por su abogado, y en el transcurso de la conversación se hicieron referencias a su identidad de género.
El auto detalla que, durante aquella conversación, el coronel aludió a la condición de transexual de la soldado repitiendo supuestamente una expresión atribuida a otro capitán: “esta va a ser la mejor transexual de España”, a lo que la afectada respondió rechazando ese tipo de referencias. El coronel contestó: “yo como hombre a lo mejor no lo entiendo”.
No obstante, el Tribunal considera que estas manifestaciones, aunque puedan carecer de sensibilidad, no constituyen una conducta denigrante ni encajan en el delito de abuso de autoridad ni de trato discriminatorio tipificado en los artículos 47 y 48 del Código Penal Militar.
“De lo actuado resulta que el coronel no atenta en modo alguno a la dignidad de la soldado Contreras”, señala la resolución, que también descarta cualquier conducta punible en el caso del capitán, quien —según el tribunal— actuó para frenar rumores dentro de la compañía y no para revelar la condición personal de la militar.
El tribunal subraya que numerosos testigos afirmaron durante la instrucción que la soldado recibió un trato profesional y de respeto por parte de sus compañeros y superiores, y que nunca presenciaron comentarios vejatorios o discriminatorios.
Asimismo, el auto descarta que, incluso en ausencia de responsabilidad penal, las actuaciones de los mandos pudieran constituir una falta disciplinaria.
“La decisión de archivo aparece sobradamente motivada, y se estima lógica y razonable conclusión de las diligencias de investigación practicadas”, concluye el Tribunal.
La resolución, firmada por los tres vocales togados de la Sala de Justicia, es firme y contra ella no cabe recurso alguno, según se indica expresamente en la parte dispositiva del auto.
Con esta decisión judicial se cierra, al menos en el ámbito penal militar, una de las causas más mediáticas de los últimos años dentro de las Fuerzas Armadas, que ha reabierto el debate sobre el tratamiento y la integración del personal LGTBI en el estamento castrense.
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