Renta 2025: ¿puedes presentarla fuera de plazo y cuánto pagarás de recargo?

SOCIEDAD

El plazo oficial para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2024 finalizó el pasado 30 de junio, aunque Hacienda permite su presentación fuera de plazo con recargos y sanciones

FOTO E.P.
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La declaración de la Renta 2024/2025 podía presentarse hasta el lunes 30 de junio, fecha en la que finalizó el plazo oficial marcado por la Agencia Tributaria. Sin embargo, Hacienda permite realizar este trámite fuera de plazo, aunque implica recargos y posibles sanciones según la situación de cada contribuyente.

Si la declaración se presenta fuera de plazo de forma voluntaria y sin requerimiento previo por parte de Hacienda, y su resultado es a pagar, se aplicará un recargo del 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso. En este caso no se impondrán sanciones ni intereses de demora.

Cuando la declaración se presente una vez transcurridos 12 meses desde el plazo establecido, el recargo ascenderá al 15%. En estos casos tampoco habrá sanción, pero sí intereses de demora desde el día siguiente al cumplimiento de esos 12 meses hasta la fecha de presentación. Así, el recargo se calcula de la siguiente forma: hasta tres meses un 5%, hasta seis meses un 10%, hasta 12 meses un 15%, y si supera los 12 meses será del 20% más intereses de demora, actualmente del 5%.

Si la Agencia Tributaria detecta que no se ha presentado la declaración y emite un requerimiento al contribuyente, la sanción será mayor. El recargo puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad a pagar, con posibilidad de reducción de un 30% si se acepta la sanción y no se recurre, y un 25% adicional si el pago se realiza dentro del periodo voluntario indicado por Hacienda.

En los casos donde la declaración sea negativa y Hacienda deba devolver dinero al contribuyente, si es la Agencia Tributaria quien notifica la omisión, podrá imponerse una multa de 200 euros. Si el contribuyente la presenta fuera de plazo pero sin requerimiento previo, la sanción será de 100 euros.

Por su parte, si la persona no estaba obligada a presentar la declaración de la Renta, no recibirá sanción alguna aunque realice el trámite fuera de plazo. Este año, tras la subida del salario mínimo interprofesional, no están obligados a declarar quienes perciban rentas anuales inferiores a 22.000 euros procedentes de un solo pagador.

Según los últimos datos de la Agencia Tributaria, hasta el 2 de junio se habían abonado devoluciones por valor de 5.516 millones de euros a 7.965.000 contribuyentes. Para la campaña de la Renta 2024-2025, la previsión de ingresos asciende a 19.093 millones de euros, un 13,3% más que en el ejercicio anterior.

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