El Imserso publica los nuevos requisitos para viajar desde 50 euros en la próxima temporada
TURISMO
Los detalles completos pueden consultarse en el BOE desde el 25 de junio
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los requisitos para acceder al Programa de Turismo Social de la temporada 2025/2026. La inscripción estará abierta hasta el 23 de julio y entre las novedades se incluyen cambios en los precios y en las condiciones de participación. Los detalles completos pueden consultarse en el BOE desde el 25 de junio.
Uno de los principales cambios afecta al precio de los viajes, que podría incrementarse hasta 200 euros en función del destino y la fecha seleccionada. No obstante, se mantiene la tarifa plana de 50 euros dirigida a pensionistas con ingresos más bajos. También se introduce la opción de viajar con mascotas y se aplicará un aumento de hasta 100 euros en temporada alta o para quienes realicen más de un viaje durante la campaña.
Como cada año, el Imserso recomienda tramitar las solicitudes y la inscripción a través de su Sede Electrónica, aunque sigue habilitada la opción de envío por correo postal. Aquellos que hayan participado en años anteriores recibirán un documento con sus datos personales para su verificación.
¿Quiénes pueden viajar con el Imserso en 2025?
Podrán acceder al Programa de Turismo Social las personas residentes en España que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social en España.
- Ser pensionista de viudedad con 55 años o más.
- Ser pensionista por otros conceptos o beneficiario de prestaciones o subsidios de desempleo con 60 años o más
- Ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social con 65 años o más.
Además, los españoles residentes en el extranjero deberán cumplir las mismas condiciones y los emigrantes retornados podrán acceder si son pensionistas del sistema público del país de procedencia.
Acompañantes permitidos en los viajes del Imserso
Los beneficiarios podrán viajar acompañados de su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que mantengan una relación estable y convivencia similar a la conyugal, sin que estos acompañantes necesiten cumplir los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañados de hijos con discapacidad igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y compartan habitación o abonen el importe correspondiente a una individual. Todos los participantes y acompañantes deberán ser autónomos en su vida diaria, excepto los hijos con discapacidad.
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